Un tribunal condenó a prisión perpetua a una joven de 26 años por el crimen de Sofía Noriega, quien murió de una puñalada en octubre de 2021. La resolución de los jueces fue en línea con la postura del fiscal Adrián Spelta, que consideró el caso como un “homicidio doblemente calificado por el vínculo y por femicidio” y solicitó la pena máxima.

El juicio había comenzado el 26 de junio y culminó este viernes con la resolución de primera instancia de los magistrados Nicolás Vico Gimena, Valeria Pedrana y Silvia Castelli.

El 17 de octubre Sofía Noriega, una travesti, recibió un puntazo fatal en manos de Brandon Cabral, que hasta hace poco usaba su nombre original, Talia.

El caso tuvo como escenario la casa del padre de Noriega, en Batlle y Ordóñez al 200, en el barrio Roque Sáenz Peña. “Luego de una discusión, utilizando un elemento cortopunzante Brandon le asestó una puñalada en el tórax a Noriega, causando su fallecimiento por taponamiento cardíaco y shock hipovolémico por hemorragia de tórax”, señaló el fiscal Adrián Spelta.

Para el acusador “todo aconteció en el marco de un contexto de violencia física extendido y perpetuado en el tiempo, por lo menos durante el plazo de un año, durante el cual se extendió la relación de pareja”.

La hipótesis de la defensa refería a un caso de homicidio en legítima defensa. Y aseguraba que Cabral y Noriega no eran pareja. En su alegato el penalista hizo hincapié en la superioridad física de Noriega, a quien en su carácter de hombre biológico le atribuyó “una fuerza masculina tan marcada, que en una causa donde estuvo involucrada torció el brazo de un supuesto agresor travesti y terminó clavándole un cuchillo”. Así, se refirió a un caso que tramitó en la Justicia hace 13 años con Noriega en calidad de acusada, la muerte de Lola Saied.

"¿Se puede ser autor del delito de femicidio siendo un varón trans?", se preguntaron al comienzo del juicio las integrantes de la Colectiva de Abogadas Translesbofeministas. “La respuesta a esa pregunta es no. La ley que incorpora el delito de femicidio, lo hace para demostrar la desigualdad estructural de poder existente en nuestra sociedad entre mujeres y varones. Varones cis, que tienen un privilegio en la sociedad. Varones trans, por más que se autodefinan como varones, no logran obtener ese privilegio, y además son discriminados por razones de género", plantearon.

Lo cierto es que el tribunal falló en línea con lo postulado por Spelta. Tampoco la defensa no pudo desacreditar el supuesto vínculo de pareja de Brandon y Sofía. “Como el acusado se autopercibía hombre y la víctima mujer, los jueces tomaron al pie de la letra la cuestión de la violencia de género, sin importar lo físico”, señalaron desde la defensa.