El Tribunal Oral Federal Nº 2 de Rosario rechazó este viernes el pedido de la Fiscalía de prisión preventiva a los policías que fueron absueltos en primera instancia por la desaparición forzada y muerte de Franco Casco, cuyo cuerpo fue encontrado en octubre de 2014 en el río Paraná luego de haber estado detenido en la comisaría 7ª de barrio Agote. Desde este viernes, los jueces empezaron a revisar la causa luego de que la Cámara Federal de Casación anulara el fallo absolutorio que tuvo lugar en julio del año pasado y determinaron que los efectivos investigados podrán seguir en libertad, con ciertas obligaciones que deberán cumplir. 

Las condiciones que deberán cumplir los policías investigados por la muerte de Franco Casco son prohibición para salir del país, fijar domicilio y otras cuestiones menores. 

Antes de ingresar a la sala de audiencias, el comisario Diego Álvarez habló con los medios y dijo: “Hoy se presenta el nuevo tribunal de la causa que tiene que revisar la sentencia. Y se van a tratar las cuestiones inherentes a la libertad. Quiero recordar que estuvimos seis años detenidos, donde demostramos nuestra inocencia. Nosotros decimos que tenemos que seguir el proceso en libertad, que no hay riesgo de fuga ni entorpecimiento probatorio”.

Diego Álvarez habló con los medios antes de la audiencia. (Foto: Alan Monzón/Rosario3)

“La revocatoria de Casación se dio porque la parte acusadora nos quiere ver detenidos y condenados más allá de la prueba, por la que ya nos absolvieron”, concluyó Álvarez.

Los jueces evaluaron la petición de los fiscales federales Federico Reynares Solari y Fernando Arrigo, quienes expusieron que los agentes debían estar tras las rejas mientras aguardaban por la nueva sentencia, puesto que, en caso de ser condenados, podrían “eludir la acción de la Justicia”. Finalmente, esa petición fue rechazada y los policías podrán seguir el proceso en libertad, a la espera de un nuevo fallo en esta causa. 

Podrán continuar en libertad los policías Diego José Álvarez –por entonces jefe de la seccional 7ª–, Walter Eduardo Benítez, Fernando Sebastián Blanco, Cecilia Rut Elisabet Contino, César Daniel Acosta, Enrique Nicolás Gianola Rocha, Cintia Débora Greiner, Marcelo Alberto Guerrero, Guillermo Hernán Gysel, Rocío Guadalupe Hernández, Esteban Daniel Silva, Belkis Elisabeth González, Ramón José Juárez, Rodolfo Jesús Murúa, Franco Luciano Zorzoli, Pablo Andrés Siscaro y Daniel Augusto Escobar. 

En el fallo de Casación, los camaristas Daniel Antonio Petrone, Diego Barroetaveña y Calos Mahiques sostuvieron que las absoluciones habían sido “arbitrarias” por no haber sido valoradas correctamente las pruebas. Agregaron que en primera instancia los jueces se detuvieron en la caracterización de los casos de violencia institucional, que “suelen desarrollarse por fuera de la vista de terceros y procurando la eliminación de todo rastro físico que puedan dejar el suceso”. 

Los camaristas también señalaron que el tribunal de juicio además debió “ponderar la situación del ejercicio de poder detentado por las agencias de seguridad sobre la situación, la escena del hecho y principalmente el control de gran parte de la prueba documental”.

El caso

Franco Casco, de 20 años, llegó a Rosario en septiembre de 2014 para visitar a sus familiares en barrio Empalme Graneros. Según la acusación, el 6 de octubre, cuando emprendía el regreso a la localidad bonaerense de Florencio Varela, Casco fue detenido por efectivos de la comisaría 7ª. El 31 de octubre, el cuerpo de Casco fue encontrado en las aguas del río Paraná.

Antes del hallazgo, el tomar conocimiento de que Franco no había vuelto, se presentó una denuncia en la comisaría 20ª de Rosario y se inició una investigación por averiguación de paradero. Al día siguiente, su papá viajó hacia Rosario y se presentó en la comisaría 7ª, donde le dijeron que Franco había estado el 6 a la noche, pero le negaron toda otra información.

Los fiscales junto a los familiares de Franco Casco (Alan Monzón/Rosario3)

El 12 de octubre, Elsa fue a Rosario desde su hogar en Florencio Varela para buscar a su hijo. En la seccional 7ª (Cafferata 342), logró hablar con un comisario, pero en la denuncia refirió que mientras el funcionario policial le formulaba un relato bastante extraño sobre el motivo por el cual fue detenido Franco. El responsable de la comisaría argumentó que el joven había sido aprehendido por atentado y resistencia a la autoridad, que “estaba drogado, como perdido, y que esto lo había corroborado un médico de la policía que lo había atendido”, y que finalmente fue liberado. El fiscal que había intervenido por el Ministerio Público de la Acusación fue Guillermo Apanowicz, por búsqueda de paradero

Los policías de la comisaría 7ª aseguraron que Casco no había sido detenido el 6 de octubre sino el 7, luego del llamado de un vecino que había alertado por una persona sospechosa cerca de la seccional. Esta versión sostuvo que Casco fue liberado esa misma noche y que los policías nada tenían que ver con la muerte del joven bonaerense.

Foto: Alan Monzón/Rosario3

A fines de octubre, la Procuraduría de Violencia Institucional (Procuvin) promovió que la investigación por la desaparición y muerte del joven se desarrollara en el ámbito de la justicia federal.

El 16 de diciembre, el juez federal Carlos Vera Barros aceptó la competencia para intervenir en la causa por la muerte de Franco. Esto sucedería un día después del pronunciamiento de la Cámara Federal de Rosario. Antes, el juez federal Marcelo Bailaque se había declarado incompetente.

Para octubre de 2017, Vera Barros procesó a 30 policías, la mayoría de la seccional 7ª y de Asuntos Internos, ya que consideró que existían elementos suficientes para acreditar la responsabilidad no sólo en la muerte de Casco, sino también “en la intencionalidad de esconder u ocultar el verdadero estado de cosas sobre los motivos de la desaparición”.

Los familiares de los policías colgaron un pasacalle frente a los Tribunales federales (Foto: Alan Monzón/Rosario3)

Desde entonces, abogados y familiares de los policías acusados nunca dejaron de asegurar de que se trataba de una "causa armada" y que eran inocentes.